El dia 18-6-2019 Ramon Arnó de la familia digital participó en un interesante debate organizado por IAPP Privacy sobre el ejercicio de la patria potestad en internet, junto a Anna Chulia, Enric Opi y otros asistentes.
El enlace: https://iapp.org/
El dia 18-6-2019 Ramon Arnó de la familia digital participó en un interesante debate organizado por IAPP Privacy sobre el ejercicio de la patria potestad en internet, junto a Anna Chulia, Enric Opi y otros asistentes.
El enlace: https://iapp.org/
El día 9-4-2019 Ramon Arnó de la familia digital participó en un artículo en el diario Vanguardia hablando del control de los dispositivos de los menores por parte de madres y padres en ejercicio de la patria potestad.
El día 29-11-2021 a las 18:30, Ramon Arnó de la familia digital debatió online con las madres y los padres de la AFA La Faldeta de Lleida (Guardería infantil Josep Borràs) sobre los menores, los móviles, internet, riesgos y oportunidades.
El día 29-3-2018, a Ribera d’Ondara charla sobre los peligros y las oportunidades de las redes sociales.
El día 23-2-2019 en Camarasa (Lleida), charla sobre nativos digitales, inmigrantes y emigrantes digitales, protección de datos, propiedad intelectual y los retos que tenemos los progenitores.
El día 9-5-2019 en Maials (Lleida), charla sobre las riesgos de la red y los instrumentos para garantizar la seguridad de los menores en internet.
Participamos en las III jornadas pedagógicas Maristas Montserrat (Lleida), días 29 y 30 de enero de 2016.
El enlace:

El Auto de la AP de Pontevedra, Sección 2, de 06-05-2019 Ponente Dª. Rosa Del Carmen Collazo Lugo, confirma el sobreseimiento de la denuncia interpuesta por el padre de unos menores contra la madre de éstos a raiz de la revisión por la madre de unos mensajes de los hijos.
En el presente caso la investigada no solo está autorizada, sino que viene obligada a revisar los mensajes que sus hijos menores y de corta edad, reciben de su padre, máxime cuando estos mensajes, por su contenido, ofensivo y en términos groseros, ofende la sensibilidad de sus hijos,
Téngase presente que los hijos del recurrente pusieron a su madre al corriente de los mismos y dicha información fue causa de que el Juzgado de Primera Instancia nº 3 dictara auto por el que se suspendía temporalmente el régimen de visitas del recurrente a los menores, de manera que, como se recoge en el auto apelado, no existe elemento doloso que se exige para que se pueda estar en presencia del delito que se denuncia, y sin que puedaentenderse que la investigada obtuvo la prueba para el proceso civil de manera ilícita, visto el contenido de los mensajes, claramente ofensivo e inapropiado para los hijos, que el recurrente les enviaba.
La resolución: https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/d2d979aaa61565d4/20190625
