El Senado de los EEUU ha aprobado el día 30 de julio de 2024, con una votación de 91 a 3, el proyecto de ley para proteger a los menores del entorno digital.

Esta propuesta empezó su tramitación en el año 2022 gracias al impulso de los senadores estadounidenses Richard Blumenthal (demócrata) y Marsha Blackburn (republicana).

La crisis de salud mental y los trastornos alimentarios de muchos jóvenes de EEUU pero sobre todo el incidente de Meta, esto es la denuncia de Frances Haugen que como trabajadora de Facebook filtró informes internos que ponían de relieve que los dirigentes de Instagram y Facebook eran conscientes del impacto en la salud mental de ambas plataformas en sus usuarios, están detrás de esta interesante y necesaria iniciativa.

Entre sus promotores están grupos de padres y organizaciones de defensa de los intereses de los menores, aunque también hay colectivos en contra con el consabido argumento que la ley limitará el acceso de los menores a la informaciones en línea o que es una amenaza a la privacidad de estos.

El proyecto de ley señala que será aplicable a los menores de 17 años y tiene una clara voluntad de protección del interés superior del menor en el entorno digital, pues se centra en conceder un conjunto de herramientas a los menores y a los padres cuando aquellos son usuarios de plataformas digitales, redes sociales, videojuegos, etc.

Así desde configuraciones de privacidad más estrictas a la posibilidad de deshabilitar opciones especialmente adictivas, la creación de canales específicos en las plataformas para denunciar contenidos dañinos, límites al scrow infinito, el incremento de las obligaciones de transparencia o que los adultos no puedan ponerse en contacto con los menores, son algunas de las diversas medidas que afectarán sin duda alguna, al propio diseño y a la seguridad de las plataformas y que ponen el foco en incrementar la responsabilidad de las plataformas cuando tratan datos de menores de edad.

Sin duda la parte más polémica del proyecto de ley será aquella que pretende imputar a las plataformas los daños que éstas causen a la salud, seguridad o privacidad de los menores por el uso de las plataformas.

Finalmente no queremos dejar pasar la ocasión para decir que esta sería una magnífica ocasión para que EEUU ratificara por fin la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989  -en vigor desde 1990-, ya que es el único país del mundo que aún no lo ha hecho, en este enlace su texto completo:

https://www.unicef.es/sites/unicef.es/files/comunicacion/ConvencionsobrelosDerechosdelNino_0.pdf

Las barbas del vecino, los lobos y las ovejas y la ley de protección de los menores en el entorno digital.

El refranero español cuenta con un refrán que reza “ … cuando las barbas de tu vecino veas pelar, pon las tuyas a remojar …”.

Este aforismo nos advierte que debemos estar pendientes de lo que ocurre a nuestro alrededor, para prepararnos tomando las precauciones necesarias por si aquello mismo puede sucedernos también a nosotros en el futuro.

Pues bien todo esto viene a cuento del Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales cuya tramitación parlamentaria empezará este mes de septiembre, por si esta norma pudiese tropezar con una parte de la poderosa industria tecnológica de forma similar con lo que ya está sucediendo en EEUU.

Así algunos estados de los EEUU como Utah, Tennessee, Ohio, Luisiana y Texas que han aprobado leyes con medidas similares a las previstas en el anteproyecto Español, están viendo como esas normas están siendo impugnadas por la poderosa industria tecnológica representada por NetChoice, entre cuyos asociados hay nombres tan ilustres como Meta, Facebook, Instagram, Twitter,  Google y Amazon.

Estas leyes de protección del menor aprobadas por algunos estados de los EEUU quieren obligar a las redes sociales a incluir mecanismos de verificación de la edad de todos los usuarios antes de abrir sus cuentas, a obtener el consentimiento de los progenitores previamente si sus hijos menores quieren abrir un perfil en una red social o en algunos casos, quieren imponer restricciones de uso de las redes sociales en unos horarios determinados, entre otras medidas de protección a los menores de edad y a su salud, seguridad y privacidad para asi evitar también el acceso a contenidos dañinos o perjudiciales.

Las demandas presentadas por NetChoice, que representan a potentadas empresas tecnológicas pero no a sus potenciales clientes menores de edad, ya que para ello el derecho romano ya inventó hace 2.700 años la institución de la patria potestad y cedió su gestión a los progenitores hasta los 18 años de los menores, buscan bloquear a toda costa la entrada en vigor de estas normas, que han sido aprobadas desde una clara visión tuitiva del interés superior de los menores en el entorno digital y como una de las muchas respuestas puestas en marcha para intentar atajar la pandemia de salud mental que azota a los menores en los países del primer mundo.

Los argumentos de NetChoice son que estas leyes son inconstitucionales al ser contrarias a la primera enmienda de la Constitución de los EEUU, pues su aprobación puede impedir el libre intercambio de ideas con los menores ya que limitarían la libre distribución de información y el acceso a la misma por parte de éstos, argumentación de la industria tecnológica que recuerda vagamente a otro aforismo del refranero español que advierte de “ … poner al lobo a cuidar las ovejas …”.